Han hecho cambios de jornada laboral a los trabajadores de 30 horas a 45 o 20 por una nueva ley, según ellos.
En el caso de que yo no optara por alguno de ellos, debo presentar carta de renuncia.
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Estimada Ana:
La jornada de trabajo es uno de los elementos esenciales del contrato de trabajo, que requiere de acuerdo expreso para el trabajador para su cambio. Por lo tanto, si en el contrato de trabajo se señala expresamente que su jornada es de 30 horas y no está de acuerdo en cambiarlo, no le puede exigir el empleador trabajar más allá y, si lo hace, podrá autodespedirse por incumplimiento de las obligaciones del contrato y obtener indemnización por ello.