Cancelación de contrato estando bajo licencia médica, ¿es legal?

Realizada por Camilo Saez castillo el (6 abr 2016) Abogados laboral

Estimados señores:


Presenté una licencia médica a contar del día 23 de marzo hasta el 5 de abril por un problema en mi hombro, el cual debe ser operado. Hoy 06 de abril presenté otra licencia que es continuidad de la otra y mi empleador no me la recibe porque alude que estoy cancelado. Ahora mi pregunta es: ¿es legal esa cancelación, que dice ser por necesidad de la empresa?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Estimado, de acuerdo a los antecedentes señalados su despido es injustificado. Debe concurrir a la brevedad a la Inspección del Trabajo a presentar el reclamo antes de demandar en el Tribunal de Trabajo correspondiente. Saludos cordiales

Lavarello & Barrientos Abogados Abogado en Santiago Centro

19 respuestas

48 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimado,

Si usted se encuentra con licencia médica no puede ser desvinculado por la causal de necesidades de la empresa. De esta manera su despido es injustificado, razón por la que debe concurrir de inmediato a la Inspección del Trabajo respectiva y al Juzgado del Trabajo. Esto último dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles. Le correspondería un recargo de un 30% por sobre sus años de servicio por ser injustificado el despido.

C&F Abogados Laborales Abogado en Puerto Varas

13 respuestas

145 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimado,

Junto con saludarle y en virtud de su consulta, el trabajador que goce de licencia médica le impide al empleador poner término al contrato por la causal de necesidades de la empresa, esto es, por aplicación del artículo 161 del Código del Trabajo. Le recomiendo buscar asesoría y concurrir a la Inspección del Trabajo.

Saludos cordiales.

Rebolledo & Asociados - Abogados Abogado en La Serena

1 respuestas

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimado,

El despido es improcedente. El inciso final del artículo 161 del código del Trabajo establece expresamente que un trabajador que está gozando de licencia médica NO puede ser despedido por necesidades de la empresa. Usted dispone de 60 días hábiles contados desde el despido para demandar ante el tribunal laboral.

Alejandro H. Azúa Vega - Abogado Abogado en La Serena

4 respuestas

13 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Abogados laboral

Ver más abogados especializados en Abogados laboral

Explica tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 1350

abogados

preguntas 5100

preguntas

respuestas 4200

respuestas