Debería pagar el arriendo
Si el departamento sera rematado ya esta es la tercera fecha de remate, de que manera mi arrendatario puede dejar esto sin efecto definitivamente.
Si el departamento sera rematado ya esta es la tercera fecha de remate, de que manera mi arrendatario puede dejar esto sin efecto definitivamente.
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Mientras su arrendatario siga ocupando el departamento debe pagar la Renta. Si efectivamente va ser rematado el inmueble, converse con él y acuerden que cuando sea efectivamente rematado, deberá ponerse termino al contrato de arriendo, dentro de los siguientes dos meses.
Tenga presente que desde el remate de la propiedad, hasta el dominio de esta pasa a ser efectivamente del adjudicatario, pasan varios meses, por lo general nunca menos de 3 a 4 meses.
Muy atentos saludos.
Korzenszky Grez Abogados.
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Estimada Poli, el remate solo puede ser dejado sin efecto pagando la deuda por la cual está siendo subastado. En lo que dice relación con el arriendo, éste se mantendrá vigente hasta que se haga dueño del depto otra persona, en cuyo caso el arrendamiento terminará por la resolución del derecho del arrendador.
Atendemos en todo el país.
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