Tengo una deuda en Tesorería que data del 2004 por adelanto a una futura devolución de impuestos. ¿Puedo presentar un escrito personalmente alegando la prescripción en vista del tiempo transcurrido? No he firmado nada, ni he aceptado convenios de pago para no alterar el plazo. Gracias.
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Estimada Carola,
Su intención de alegar la prescripción depende, ya que si la Tesorería inició procedimiento de cobro, la prescripción se encuentra suspendida, no pudiendo alegarse. Por el contrario, si la Tesorería no inició dicho proceso, ciertamente podría hacerlo, pero ello se realiza mediante una demanda declarativa de prescripción ante un tribunal civil y el patrocinio de un abogado. No obstante, le recomiendo asesorarse con un colega para los efectos del cómputo del plazo y procedencia de la prescripción, pues no es tan sencillo de calcular como la gente habitualmente piensa.
Para darle una respuesta, primero hay que ver en que situación se encuentra su deuda, si está todavía en el expediente administrativo o si ya se inició juicio ejecutivo.
Estimada,-
Las deudas ante Tesorería deben ser revisadas y luego definir la estrategia a seguir. Le recomendamos que nos escriba y acordemos una reunión, ya sea presencial o por Skype.