Embargo

Realizada por José el (25 jun 2020)

Pueden embargar a mis arrendatarios?
Qué debo hacer para que esto no suceda?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Estimado José,

Junto con saludar, efectivamente podrán embargar los bienes de sus arrendatarios (que es distinto al retiro de las especies, que es un acto posterior) en caso de deudas del arrendador, esto abrirá causal para terminar el contrato de arriendo por parte de ellos y debiendo hacerse parte los arrendatarios del juicio, señalando que los bienes no son del arrendador y que por lo tanto que se alce el embargo respecto de esos bienes. En el caso contrario, es decir, en el que las deudas no sean del arrendador sino del arrendatario usted debe hacerse parte del juicio y demostrar que dichos bienes le pertenecen a usted. Le invito a ponerse en contacto con nuestro estudio jurídico para el éxito de su caso.

Cordiales saludos

Wolfenson Abogados

Wolfenson Abogados Abogado en Las Condes

337 respuestas

522 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimado efectivamente pueden embargar los bienes que los arrendatarios tienen en el interior de su casa, puesto que se presume que son de ellos. Si usted fuera el propietario de estos debe introducirse en el juicio ejecutivo como tercero alegando dominio sobre dichos bienes acompañando boletas de compra o algún documento que acredite que es usted el propietario de ellos, además cuando el receptor concurra al domicilio a realizar la anotación de los bienes debe usted manifestarle la circunstancia de ser usted el propietario de estos. Saludos cordiales

Abogada Javiera Cortés y Asociados Abogado en Concepción

6 respuestas

81 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 1350

abogados

preguntas 5100

preguntas

respuestas 4200

respuestas