Herencia del Articulo 150
Una tia compro 1 propiedad bajo art. 150, su marido vive, no tuvieron hijos, pos efec determino a 2 hnos vivos y rep de otros 2 hnos fallecidos pero no figura conyuge sobreviviente, en la herencia si, todos los otros herederos y al final dice sin perjuicio de los derechos que le pudieran corresponder al conyuge sobreviviente,
la pregunta es: si compro una casa bajo el articulo 150 esa no entra a la sociedad conyugal pero si los derechos como conyuge sobreviviente, como se calcula la masa hereditaria entonces por que no tiene mas bienes que la casa que compro bajo ese articulo, le corresponde algun porcenatje al conyuge sobreviviente.