Mi abuelo dejo un terreno y son 7 los herederos, pero vivos quedan 6. Mi pregunta es por el 7° ¿la heredera es la viuda o los hijos de ellos(nietos).?
2 de ellos ya le habia dejado terreno con escritura. Los otros 5 no les dejo nada por escrito. ¿Igual hay que incluir en la posesion efectiva a los que ya tienen escritura?
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Estimada Alicia:
Suponiendo que con 5 personas, se refiere a los nietos del 7mo hijo fallecido. En la posesión efectiva habrá que incluir a los hijos vivos del causante y, por el hijo fallecido, habrá que incluir a la cónyuge y a los 5 hijos que no le transfirieron sus derechos. Si lo desea, puedo contar con nuestros servicios para la tramitación de la posesión efectiva.
Junto con saludarlo, le quisiera responder su duda:
Efectivamente hay que hacer la posesión efectiva de ese 7 hijo, del cual ud. habla.
Para determinar quiénes son los herederos y los pasos a seguir, lo invito para que se acerque a nuestro estudio jurídico.