Hola una herencia de 12 hermanos

Realizada por José el (27 sep 2024)

Compraré la mitad del sitio a mis hermano podré ocupar cualquiera de las dos mitades ???

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En respuesta a tu consulta, es importante señalar que la compra de la mitad de los derechos hereditarios de uno o más de tus hermanos no te concede automáticamente el derecho a ocupar una parte física específica del terreno, como podría ser la mitad del sitio. Esto se debe a que, en el contexto de una herencia, el bien forma parte de una comunidad hereditaria, donde todos los herederos son copropietarios de la totalidad del inmueble. En esta situación, ninguno de los herederos tiene derecho exclusivo sobre una porción física específica del bien.

Para que puedas ocupar una parte concreta del terreno, sería necesario llevar a cabo una división material del inmueble, lo que puede realizarse mediante una partición. Este proceso puede ser amistoso (si todos los herederos están de acuerdo en cómo dividir el bien) o bien puede ser necesario acudir a un juicio de partición si no existe acuerdo. Hasta que no se realice esta partición conforme a la ley, todos los herederos seguirán siendo copropietarios del bien en su conjunto, sin que exista derecho exclusivo sobre una parte física determinada.

Ahora bien, cabe mencionar que en muchos casos, los herederos llegan a acuerdos informales dentro de la comunidad hereditaria para que uno u otro ocupen ciertas porciones del terreno. Sin embargo, es fundamental entender que estos acuerdos no tienen valor legal vinculante.

Sin perjuicio de mayores o mejores antecedentes que nos permitan dar una respuesta más específica y detallada a tu situación, en principio, esta sería la respuesta aplicable a la pregunta tal como está planteada.

VERAGUA ABOGADAS Abogado en Viña del Mar

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