La situacion es la siguiente:

Realizada por Pedro el (19 nov 2017) Herencias

mi padre falleció en 1998. mi madre falleció en 2009. Ella compró una propiedad en 1970, luego la vendio y la compro de nuevo en 2005 con su peculio profesional ella no renunció a gananciales.


¿A quien pertenece la propiedad, sucesion de mi padre o sucesion de mi madre?


¿Que son los gananciales?

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Estimado Pedro:

Para saber a quien pertenece la propiedad del año 2005 hay que ver la escritura de compraventa. Si ésta señala que se compró bajo el artículo 150 del Código Civil (peculio profesional), el inmueble es de propiedad exclusiva de su madre. Si ello no es así, entonces se entiende que se compró con el producto de la venta de la propiedad de 1970, la cual formaba parte de la sucesión a partir del año 1998. En este sentido los herederos, si bien no podrían solicitar participación en la propiedad del inmueble comprado el 2005, si que podrían solicitar su parte en el monto de la venta de la propiedad de 1970.

Finalmente, respecto a los gananciales: Al momento de fallecer su cónyuge, antes de hacer los trámites de la posesión efectiva, debe liquidarse la sociedad conyugal, siendo un trámite necesario para que la mujer acceda a los bienes comunes, que acepte la gestión del marido (gananciales), recibiendo los ingresos y asumiendo las deudas. La importancia de esta figura, radica en que, si el peculio profesional de su madre es mayor a los bienes comunes, no le convendrá aceptar los gananciales para acceder a éstos; si es menor, si le interesará. Finalmente todo aquello es sin perjuicio a sus derechos hereditarios por se la cónyuge sobreviviente.

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Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

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