Mi hijo de 18 años se fue de casa para vivir con su polola, dejó de estudiar y no trabaja y me demandó por aumento de pensión pero por motivo laboral no llegué a mediación y no eh sabido nada más... Mi duda es si por no acatar las reglas de mi casa decide irse y más encima deja de estudiar ¿Me corresponde pagarle pensión?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 1 personas
Estimada Gloria:
En primer lugar, cuando el hijo cumple 18 años se emancipa legalmente, esto quiere decir que puede irse de la casa y hacer lo que quiera con su vida. En segundo lugar, los alimentos duran hasta los 21 años (y siguen hasta los 28 mientras estén estudiando), sin embargo, difícilmente los Tribunales van a aceptar un aumento de alimentos, si su hijo no estudia, porque se entiende que debe trabajar para costear al menos parte de sus necesidades..
Doña Gloria, efectivamente le corresponde pagar la pensión de alimentos de su hijo aun cuando este no estudie, ya que la ley establece que la pensión de alimentos se debe al hijo hasta los 21 años, y esta se ampliara hasta los 28 años en caso de que estudie alguna profesión u oficio.
Doña Gloria, la pensión que se da a los hijos dura hasta los 21 años, en caso de estudios se extiende hasta los 28 años, por tanto, aun cuando en este momento no se encuentre estudiando, su hijo tiene derecho a pensión alimenticia.
De todas formas, si él se encuentra trabajando o realizando alguna actividad remunerada esto debiera tenerse en cuenta al momento de fijar los alimentos.
Espero haber resuelto su duda, saludos.