Nos corresponde parte del arriendo de una propiedad?

Realizada por Fabian el (17 ago 2023)

Mis padres compraron una parcela y uno de ellos falleció, somos tres hermanos mayores de edad, la menor estudiando en 1* año de universidad, los dos casados. Ahora la parcela se arrienda a terceros, ¿nos corresponde algun porcentaje de ese arriendo a los hijos o no?

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La respuesta a esta consulta no es simple ya que depende de muchos factores, por ejemplo si el trámite de posesión efectiva ya se encuentra realizado. Además cabe hacer presente que existiendo un cónyuge sobreviente, quien por lo general es quien administra la propiedad, paga contribuciones y gastos generados de la mantención de dicha propiedad, trata con arrendatarios, etc. Por tal motivo es dable señalar que los dineros sean recibidos y administrados por este. Por otro lado, el conyuge sobreviviente , detenta por ley un mayor porcentaje de derechos sobre la propiedad por lo que al repartir las rentas entre todos los herederos, la cantidad que le corresponda a cada hijo será infima, ya que se deberá descontar además aquellos gastos propios señalados mas arriba. Para evitar esta situación es posible hacer juicio de partición y que cada hederero reciba su parte al vender la propiedad a un tercero o adjudicar a solo uno la propiedad de toda la parcela debiendo pagar este último el precio que corresponda por cada parte. De esta manera ya no se generaría problemas con dineros recibidos de arriendo porque propiedad pertenecerá a un solo dueño.

USG Cobranzas Abogado en Concepción

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