Posesión efectiva de herencia intestada

Realizada por elba el (11 oct 2017) Herencias

Soy la sobrina. Mis abuelos fallecieron y dejaron sus bienes, pero lamentablemente mis tíos están enojados ni se hablan y sobre todo tengo una tía que arrienda los inmuebles sin el consentimiento de sus hermanos.


Ya han pasado más de 11 años que arriendo desde que mis abuelos fallecieron. Ella dice que tiene el derecho y uno de mis tíos falleció y los herederos son los hijos. Ellos tampoco quieren saber de nada con mis tíos y al fin y al cabo mi familia paternal está en conflicto.


Realmente no sé qué hacer. Mi padre está enfermo y necesito ayudarlo y no sé cómo. ¿Habrá una cláusula donde dice que mi tía no puede arrendar sin el consentimiento de todos los herederos y también los arrendatarios no quieren dar información cuanto le pagan a ella? Bueno, esperando una respuesta de qué debo hacer (tengo un poder de mi padre para todo tipo de trámite).

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Entiendo que su padre es uno de los herederos. Es decir, es dueño en igual manera con su tía y los otros herederos.

Se debe conversar con ella, ya que esta usufructuando del inmueble sin repartir los beneficios que corresponde a todos los Herederos.

Si no hay acuerdo, usted puede pedir que se ponga término solicitando el cese del uso de un bien común. Ella se está apropiando indebidamente de esos dineros. A su tía Le corresponden un porcentaje de esas rentas, pero en ningún caso la totalidad.

Junto con ello, la herencia debe repartirse entre los herederos, según sus porcentajes, si no hay acuerdo se debe solicitar la partición.

Es importante que tenga claro, que todas estas gestiones requieren acción, tramites, negociaciones y si es necesario juicios. El inmovilismo en estas materias no produce ningún efecto. Debe actuar para poder resolver la situación.

El tema es complejo, si lo desea agendamos una hora y podemos tener una primera consulta orientativa al respecto y estudiar posibilidades de acción.


Muy atentos saludos.

Korzenszky Grez Abogados.

Estudio Jurídico Korzenszky Grez & Cía. Abogados Abogado en Vitacura

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Estimada Elba:

Al fallecer los abuelos y hacer la posesión efectiva de la herencia, todos los herederos pasan a formar parte de una comunidad de bienes, de los cuales ninguno puede hacer uso particular (arrendar por ejemplo) sin la autorización de los demás. Por otro lado, siempre está el derecho de cualquiera de ellos para demandar la partición de la herencia ante juez árbitro. Sin embargo, en cualquiera de estos casos habrá que tener cuidado porque han pasado 11 años del fallecimiento y la tía que arrienda podría reclamar adquisición del inmueble por prescripción.

Atentos a sus comentarios.

Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

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Estimada:

Lo primero que debes tener claro es que de la herencia quedada al fallecimiento de tus abuelos corresponde a todos sus hijos incluido tu padre. Además, debes saber que existen varias posibilidades y acciones para obtener la partición de los inmuebles y la devolución de dineros obtenidos por el arriendo de los mismos.

Con respecto al arriendo de los inmuebles estos deben cesar, solicitando el cese gratuito de los mismos, ademas de existir la posibilidad de iniciar accciones de rendición de cuentas para que en definitiva se devuelvan dineros devengados producto de los mismos arriendos.

Por otro lado es importante que tengas claro que esto es un proceso extenso, que incluiye gestiones judiciales, trámites y negociaciones que deben iniciarse para obtener resultados de lo contrario tú Tia seguirá usufructuando de bienes que pertenecen a la sucesión de tus abuelos.

Para mayor información podemos agendar una reunión y explicar las distintas opciones en concreto y analizar tu caso con mayor detalle.

Atentas a tus comentarios

María Cecilia Soto Olave
Abogada



De La Fuente & Soto Abogados Abogado en Santiago Centro

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