Puede solo mi madre dejarle mi herencia y no a mi padre?

Realizada por Paz mundial el (6 nov 2024)

Hola, mi estado civil es soltera y tengo un bien inmueble y si el día de mañana me muero quiero que quede como heredera solo mi madre y no mi padre, ellos no están casados, además él ya tiene casa propia y mi madre no. Es posible y que debería hacer?
Saludos
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Lamentablemente, hay asignaciones legales obligatorias que no es posible modificar, y una de ellas corresponde a sus ascendientes, incluyendo a su padre. Lo que puede hacer en este caso es, si usted tiene una propiedad, además de dinero, acciones u otros bienes de valor similar, preparar un testamento en el que especifique cómo se cubrirá la herencia de cada beneficiario. De este modo, podría destinar el 50% de su madre a través de la propiedad y el 50% de su padre mediante el resto de los bienes, asegurándose de que ambos valores sean equivalentes.

Otra opción más sencilla sería venderle la propiedad a su madre, reservándose usted el usufructo vitalicio, lo que le garantiza el derecho a vivir en ella mientras lo desee. Así, en caso de que usted fallezca, su madre obtendría la propiedad total. No obstante, es importante considerar que el monto de la venta debe ser adecuado al valor de mercado y la redacción de la escritura debe ser clara. De lo contrario, existe el riesgo de que su padre argumente que la venta fue simulada o que hubo un precio irrisorio, lo que podría anular la operación.

Si lo desea, podemos brindarle asesoría para la correcta redacción de la escritura o testamento y su gestión, con el fin de que el proceso se realice sin contratiempos y le brinde tranquilidad.

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Buenas noches. No, no puedes. Si quisieras hacer un testamento? Solo puedes disponer libremente del 25% de tus bienes. Otro 25% es relativamente libre, puedes mejorar con el al asignatario forzoso que quieras. En este caso, si eres soltera y sin hijos, los asignatarios forzosos son tu padre y tu madre quienes heredarán al menos el 25% de la herencia cada uno. Ahora bien, en el testamento, si tu intención es dar la mayor cantidad que te permite la ley a tu madre, puedes testar que el 25% (cuarta de mejoras) y otro 25% (cuarta de libre disposición) , sean para tú madre. Así, en resumen, el 75% quedaría para tú madre y el 25% para tu padre.

Litigios Penales Abogado en Concepción

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