Si un padre abandona a un hijo, sin hacerse cargo económicamente y por supuesto tampoco de forma afectiva, y un padrastro toma su lugar desde temprana edad, y el niño lo ve y lo reconoce como su padre, ¿podría este pasar a ser legalmente el padre? Y así el padre biológico no tenga que ser solicitado para trámites. Ej: para que el niño viaje fuera del país.
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Estimada, si usted está casada con el padrastro de su hijo, éste puede adoptarlo mediante un procedimiento judicial de adopción, pero previamente debe iniciar proceso de idoneidad ante el Sename.
Junto con saludarla, le comento que si el niño tiene filiación determinada, es decir, su padre lo reconoció y figura como tal en el Certificado de Nacimiento, no puede desaparecer esa filiación.
Solo podría impugnarse esa paternidad, si el padre realmente no lo fuera y mediante examen de ADN se probara que otra persona es el verdadero padre. Pero no es el caso por lo que entiendo.
Lo que si puede hacer, es evaluar un cambio de nombre ( podría cambiar su apellido ) y para el tema de los permisos para salir del país y otros en los que se necesitan autorizaciones, habría que solicitar en Juicio ante Tribunales de Familia, el Cese de la Patria Potestad por parte del padre del menor. En ese evento tanto el cuidado personal como la Patria Potestad se radicarían exclusivamente en usted, su madre.
Encantado de poder orientarla y ayudarla en este proceso si lo desea. Puede escribirnos y solicitar una cita para abordar de manera completa el asunto, con todos a los antecedentes a la vista y poder entregarle una asesoría integral.