¿Pueden echarme de la noche a la mañana de donde arriendo?

Realizada por Yesa el (27 feb 2016) Asesor

La persona que me arrienda la casa quiere echarme sólo porque le hablo a la vecina con la cual tiene problemas legales de tiempo atrás. Ahora se ha ensañado conmigo y me inventa cosas como que le robé cosas a sus inquilinos y les dice que les robo. Me pidió que me fuera, pero no me quiero ir.


No conforme con avergonzarme ante ellos, una de sus inquilinas me molesta y ella no hace nada. Ya llegó hasta a los golpes esta persona y la dueña no me dejó demandarle por agresiones físicas y verbales porque dice que la metería en un problema con el SII porque no paga impuestos ni luz ni agua.


Aparte me subió el arriendo un 50% más. ¿Qué puedo hacer?

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Hola,

Se deben verificar varias variables antes de darte una respuesta concreta. Sin embargo, puedo decirte que la ley de arrendamiento impide echar a la calle a una persona de un día para otro. Debe haber un aviso de un mes a lo menos y esto se incrementa siguiendo la regla de un mes por año. Además, todo va a depender de los que esté estipulado en el contrato.

Si quieres una ayuda más completa no dudes en contactarme.

John Reid Echenique
Abogado UC

Precht, Reid y Cía Abogado en Viña del Mar

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Muy atentamente,

Roberto Vásquez
Abogado

Roberto Enrique Vasquez Hidalgo Abogado en Villa Alemana

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Mientras persista en el arriendo pague lo que el contrato señala, incluyendo los reajustes y nada más. No le conviene seguir viviendo entre conflictos, es mala calidad de vida, le aconsejo que se cambie de casa. Éxito.

Jurídica Inmobiliaria Bellinghausen Abogado en Santiago Centro

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Lo primero es que NO la pueden echar de donde vive si hay un contrato vigente, para ello deben ir a un juicio y tener causales legales para el término del contrato, si no ninguna posibilidad de que la echen.
Además las razones que usted cuenta no son causales legales para terminar el contrato, así que por ese lado tampoco veo por qué la podrían echar.
Por último el alza del arriendo debe estar estipulada y no puede ser unilateral y menos en ese monto, pero hay que ver que dice el contrato.
Atte

Omar Carrasco

Omar Carrasco García Abogado en Santiago Centro

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