A mi pareja actual le llegó una demanda por una niña que tiene 11 años y que está reconocida por la pareja actual de la señora. ¿Pueden seguir esta demanda si ya está reconocida la niña?, ¿es obligatorio en caso de un ADN?
Por favor, ayuda. Muchas gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 4 personas
no pueden obligar a reconocer a un niño, pero mediante las acciones propias de la filiacion se puede ordenar por el tribunal inscribir a un niño como hijo de alguien
para esto, como de su respuesta se deduce que la demanda paso los examenes de admisibilidad del tribunal de familia, se citara a las partes a tomarse muestras de sangre probablemente ante el Servicio medico legal y según el resultado se concederá o no la demanda.
si su pareja no se presenta a tomarse los exámenes de sangre, se presumirá que es el padre biológico y asi quedara registrado posteriormente de la sentencia en el registro civil, por lo que le recomiendo que asista
Depende de si la filiación está determinada o no (si aparece en la partida de nacimiento). Si es así, entonces la acción es de impugnación de paternidad y sería improcedente, porque los plazos son muy breves (1 año al nacimiento o desde que el menor cumple 18 años). Si no está determinada (no aparece nombre del padre en la partida de nacimiento), en cualquier momento se puede demandar de paternidad, donde el demandado debe someterse al examen, bajo sanción de presumirse su paternidad.
Existe una acción que busca impugnar una filiación determinada y que se produzca el reconocimiento de otra persona. Esta acción depende en plazos y formas de quién la inicie. Pero es posible.
Lo que ha sucedido en su caso es absolutamente legal, la refrescante legal de la menor ha presentado una acción de filiación de doble faz, por una parte impugnando la filialiación actualmente determinada respecto de su actual pareja que reconoció al menor y conjuntamente una acción de reconocimiento de paternidad en contra de su pareja para eventualmente determinar una nueva filiacion respecto de este.
Es absolutamente necesario que su pareja comparezca al juicio y se haga los peritajes de rigor ya que de no hacerlo existe una presunción legal de que aquel que se niega a tomarse las muestras para el examen de ADN es el padre