Necesito recuperar un derecho que vendí estoy dispuesta a devolver el dinero...¿Como puedo hacerlo...La persona todavía no lo inscribe en el CBR...Quiero señalar a la vez que la persona no acepta la devolución del dinero....Estaré atenta a su respuesta gracias...
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Buenas tardes Clara,
Podemos revisar si la escritura se realizó acorde a la ley a fin de verificar si esta cumple con sus requisitos de validez, o bien celebrar una resciliacion en el evento que se intervenga en una negociacion a fin de dejar sin efecto el acuerdo. La otra solución es la judicial.
Estimada todas las consultas a ACM Asesorías - acmasesorias.com - visite nuestra página. Respecto a su consulta en la venta de derechos y especialmente de derechos sobre bienes raíces como Ud. señala (no lo ha inscrito en el CBR), no se aplican las reglas de la ley del consumidor como sería el derecho de retracto. Las ventas de derechos están reguladas por las normas del derecho civil. En caso de que Ud. no haya pactado con la persona el derecho de retrovendendo (o retroventa) no se puede devolver el dinero ni las cosas ya intercambiadas (o mejor dicho vendidas) - salvo que haya lesión enorme que es cuando un bien raíz se vende a un precio que no es de mercado y que afecta el patrimonio de la persona indiscutiblemente. Para mayores consultas ACM Asesorías - Alberto Courtin M - Abogado