Quiero hacer valer mis derechos hereditarios

Realizada por Edwin el (19 feb 2021)

Soy heredero de dos propiedades q le correspondían a mi. Madre como. Ella falleció quedamos como. Herederos mis hermanos y yo, mi consulta yo quiero recibir mi parte pero. Mis tíos se niegan a vender quiero hacer un juicio de partición ya q han pasado mas menos 5 años y no tenemos respuesta de arriendos ni nada, mi consulta q debo hacer para poder pedir un juicio de partición y cuáles son los porcentajes q se deben cancelar por el juicio.
Quedo atenta a sus comentarios.
Gracias

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Estimado Edwin,

Junto con saludar, gracias por su consulta legal. En caso de no llegar a acuerdo la única alternativa es el juicio de partición ante Tribunales. Donde se solicitará se nombre a un partidor a efectos de vender los bienes de la herencia y repartirlos en proporción a los derechos hereditarios de cada parte.

Si requiere mayor asesoría jurídica y representación legal, le invitamos cordialmente a ponerse en contacto con los abogados especialistas de nuestro estudio jurídico,

Cordiales saludos

Wolfenson Abogados. Estudio Jurídico Chile.

Av. Apoquindo 2930, Las Condes. Santiago. Chile.

Wolfenson Abogados Abogado en Las Condes

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Responde: Carvallo Gestión.
Hola Edwin,
- En Caso de negativa de sus tíos inclusive para que un amigable componedor plantee las bases del acuerdo (por ejemplo: Tasación Comercial y Acuerdo de Venta), Debe solicitar la Partición ante un Juzgado Civil y que se nombre un Juez Partidor
Los porcentajes son mas o menos equivalentes al 11% (10 para el juez y 1 para el funcionario que lleva el asunto jurídico), además pudiere sumar notificaciones, publicaciones, tasaciones de peritos, certificados, otros pertinentes.
Lo ideal siempre es llegar a un acuerdo antes de la partición, esto por el desgaste de tiempo y los costos asociados.
Saludos cordiales

CARVALLO GESTION Abogado en Santiago Centro

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Estimado Edwin:

Para iniciar un juicio de partición, requiere de asesoría de abogado, tanto para solicitar nombramiento de partidor ante Tribunales, como para seguir el juicio de partición ante el Árbitro designado. Pero cuidado, que el Árbitro cobra un porcentaje por el juicio (que va entre el 10% al 20% del valor total de la herencia) a lo que debe sumar el hecho que podría incluso irse a remate el inmueble. Por tanto, el juicio de partición es la última alternativa ante el fracaso de todas las negociaciones previas. De todas maneras, si necesita más asesoría puede contactarse con nosotros.

Atentos a sus comentarios.

Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

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