Tengo una sociedad por acciones con una persona y tenemos 50% cada uno de participación. El otro socio puso una cantidad de dinero extra en la sociedad que no aparece como inversión, ni nada, lo puso como "una cuenta del socio".
Ambos decidimos terminar con la sociedad. Teníamos en una bodega 45 pacas de ropa, muebles, computadores, planchas industriales, 600 colgadores de ropa, espejos finos. Este socio, en su calidad de gerente, tomó unilateralmente la decisión de rematar todos los bienes que habían en la bodega por menos de un millón de pesos, teniendo como referencia que en dinero en esa bodega había más de 14 millones de pesos.
Él aduce que más encima lo que se sacó del remate es solo de él, por el dinero que él puso aparte. ¿Qué puedo hacer al respecto?
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Estimada Paola,
Respecto de su consulta, comunicarle que todo dependerá de las estipulaciones que hayan contemplado ambos socios en la escritura de disolución de sociedad (en el caso de que hubiere), donde se debe refleja de qué manera ésta será disuelta y de cómo se repartirán los bienes y utilidades generadas, así como el pago de deudas, si hubiere.
Es por ello que le sugiero envíe, sin compromiso alguno, escritura escaneada de la sociedad a nuestro contacto, para así orientarla y asesorarla de forma más precisa respecto de su situación y sus requerimientos, para así determinar si su socio ha incurrido en algún ilícito.
Esperando haberle sido de ayuda, quedo atento a sus comentario y aprovecho la ocasión para saludarla atentamente,
Junto con saludar muy cordialmente, quisiéramos ver la posibilidad de contactarnos con usted para así dar una mejor asesoría a su caso, o comuníquese directamente con nosotros.
Junto con saludar, le escribo para contestar su consulta. Lo primero que debe tener claro es que en una sociedad por acciones cuando ambos accionistas tienen igual porcentaje de participación social, las decisiones deben tomarse en conjunto, mas si el aporte realizado por su socio no constituyo un aumento de capital ni menos una modificación de los estatutos sociales en cuanto a sus participación en esta. Claramente la acción realizada por su ex socio constituye un delito por apropiación de fondos que no le correspondían, perjudicandola económicamente.
Cualquier diferencia, conflicto o controversia que surja entre los socios, entre estos y los administradores, liquidadores o la sociedad total, debe ser resuelta a través de arbitraje. Y además debe señalarse el tipo de arbitraje, numero de árbitros y la forma de designarlos. En todo caso, como me comenta que su sociedad fue terminada, habría que analizar el tema de la liquidación de dichos bienes y como se realizo su cierre.
Le recomiendo para realizar una eventual acción judicial en contra de su socio, se acerque a nuestras oficinas para conversar directamente con un abogado experto en derecho societario quien la orientara y podrá llevar adelante su caso, para que usted no se vea perjudica con una decisión unilateral y arbitraria.
Todo depende si esta o no actuando dentro de las facultades que se le han concedido; si nada se ha mencionado, necesariamente requiere actuar de consuno, salvo ciertas excepciones. Saludos