Cuánto demora que se sentencie por una denuncia por precario

Realizada por Macarena el (30 jul 2016) Contrato

Obtuve una casa con subsidio el año 2015. Ese mismo año se tomaron mi casa con un supuesto contrato de arriendo con una tercera persona, pues esa casa había tenido antiguos dueños y ellos tenían su enredo propio, cosa que no tenía por qué estar al tanto si yo compré esa vivienda con toda la legalidad de compra con subsidio.


En diciembre de ese mismo año hice la denuncia por precario y en marzo (2016) el juzgado de letras sentenció a mi favor. Muy a pesar mío estos delincuentes apelaron a esa sentencia a la corte de apelaciones advirtiendo que tienen un contrato de arriendo (por 1 año) que debe ser respetado y en eso estoy, esperando, ¡esperando!


¿Cuánto más se puede demorar que se resuelva nuevamente a mi favor, y se puedan largar de mi casa? En octubre de ahora se cumpliría el año del contrato que dicen tener.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Estimada Macarena

Junto con saludar, le escribo para responder su consulta. Lamentablemente siempre existen personas inescrupulosas que no respetan los contratos de arrendamiento. En su caso, se deberia esperar el resultado de la apelacion realizada por la contraparte, obviamente un juicio en la Corte de Apelaciones puede tomar su tiempo ( 3 meses aproximadamente) pero una vez resuelto el juez puede dictar como sentencia que el arrendatario entregue la propiedad en un plazo máximo (contando solicitudes de prórroga) de quince días. Si llegado el día el arrendatario no ha entregado la propiedad, el juez puede ordenar el lanzamiento, que debe ser apoyado por la fuerza pública.

Claramente se necesita mas información para poder ayudarla con su caso, si no cuenta con la asesoría jurídica adecuada, puede acercarse a nuestras oficinas para que veamos el caso con mayor profundidad.

Defensa en Juicio Abogado en Santiago Centro

32 respuestas

210 votos positivos

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimada Macarena:

Solo si el contrato consta por escritura pública, debe ser respetado por nuevo dueño. Ahora, también puede darse la situación que, si bien se trate de un mero contrato privado, la Corte rechace su término, por cuanto no detecte un incumplimiento grave a sus cláusulas (no pago de rentas por varios meses, por ejemplo), por lo que efectivamente tendría que esperar a que pase el período estipulado en éste para pedir la entrega del inmueble. En este caso recomendamos que lea el contrato y se fije bien en los plazos para pedir la restitución.

Atentos a sus comentarios.

Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

1279 respuestas

1550 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimada Macarena,

Lamentablemente a día de hoy, en cuanto a venta y arriendo de inmuebles se refiere, siguen produciéndose severas irregularidades tales como la falta de saneamiento por parte de los propietarios, generando situaciones similares a la suya. En tales casos, la ley protege hasta cierto punto al habitante de la propiedad, teniendo por tanto que llevar vía judicial los mecanismos que la ley le otorga, en este caso, denuncia por juicio precario. No obstante, al existir un contrato previo antes a la compra del inmueble éste tiene que ser respetado, y en cualquier caso demandar a los antiguos dueños por daños y perjuicios, debido a que la propiedad se encuentra viciada.

Sin perjuicio de lo anterior, le sugiero se ponga en contacto con nosotros para darle una mejor orientación al respecto y guiarle en los distintos modos de los que dispone para hacer valer su derecho frente a su actual situación.

Esperando haberle sido de ayuda, quedo atento a sus comentarios y aprovecho la ocasión para saludarla atentamente,

PMQ

Globe Consulting Abogado en Las Condes

8 respuestas

50 votos positivos

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimada, eso va a variar dependiendo de cuando se vea la causa en la corte de apelaciones, por regla general una apelación demora 4 o 5 meses. Ahora bien, posterior a eso, si su sentencia es favorable tiene que esperar que se cumpla el plazo dado por el tribunal desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Si no cumplen, se puede solicitar el desalojo con fuerza pública.

Saludos y cualquier cosa nos puede contactar.

Ibarra & Vallés Abogados Abogado en Santiago Centro

54 respuestas

107 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Contrato

Ver más abogados especializados en Contrato

Explica tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 1350

abogados

preguntas 5100

preguntas

respuestas 4200

respuestas