¿Sufre de acoso laboral?

¿Cómo detectar el acoso laboral de tu jefe o compañeros de trabajo? Es una práctica generalmente difícil de comprobar, pero debe frenarse a tiempo.

19 JUN 2018 · Lectura: min.
¿Sufre de acoso laboral?

Este tipo de violencia puede provenir desde un jefe al empleado; de manera horizontal, entre compañeros de labores; e incluso desde el subordinado hacia su superior. El acosador de igual forma puede conseguir aliados entre los trabajadores para estas malas prácticas.

Se presentan en una serie de manifestaciones hostiles hacia la víctima, de forma subrepticia pero consciente y sostenida en el tiempo. Si el acoso no es detectado, la víctima incluso empieza a cuestionar su desempeño y validar el maltrato.

Sin duda, un fenómeno que es mucho más común de lo que se cree, y que a diario afecta a miles de trabajadores, es el acoso laboral, que es la conducta abusiva conciente y premeditada, de parte del empleador o de quién haga las veces de tal, que realizada en forma sistemática y repetitiva (por lo menos una vez por semana), atenta contra la dignidad o la integridad psicológica o física de un trabajador.

Son muchas las formas de acoso laboral, y ejemplos de ella son las amenazas de despido, la descalificación verbal del desempeño del trabajador, la hostilidad y explotación del trabajador, la mofa hacia el empleado y el sometimiento del mismo, el trato no equitativo o diferencial entre trabajadores, no cumplimiento de las obligaciones del empleador como no pagar en forma íntegra y oportuna las remuneraciones, ni adoptar medidas de seguridad mínimas para el desarrollo de la labor encomendada, etc.

Todos estos hechos, repercuten en el estado emocional del trabajador, que muchas veces lo lleva a ausentarse de su puesto de trabajo por prescripción médica ("estrés laboral"), y a romper sus relaciones comunicativas con los demás trabajadores.

Norambuena Abogados cuenta con abogados especialistas en Derecho Laboral, quienes desde la primera entrevista asumirán la responsabilidad de defender sus derechos.

Escrito por

Estudio Jurídico Norambuena Abogados

Ver perfil
Deja tu comentario