Juicios de desalojo: todo lo que necesitas saber como arrendatario

Si el monto del arriendo es superior a los 184 mil pesos, el arrendador necesita de un abogado para iniciar la demanda ante los Juzgados Civiles.

3 MAR 2017 · Lectura: min.
Juicios de desalojo: todo lo que necesitas saber como arrendatario

La última encuesta Casen, publicada en noviembre de 2016, reveló un aumento del arriendo de viviendas por sobre la compra, cifra que alcanzó el 20 por ciento.

En este contexto, cada vez son más los arrendadores y arrendatarios que necesitan conocer la ley en esta materia. Por eso en Bufetes.cl te explicamos todos los detalles.

Lo primero que debe saber es que, si bien la legislación chilena no obliga a escribir el contrato, lo más recomendable es que sí lo haga y ante un notario, porque de esta forma quedarán estipuladas las condiciones, el tiempo que durará, el monto que se deberá pagar mensualmente, cómo operarán los reajustes, el inventario de la vivienda y cualquier otro punto que se quiera acordar.

¿Por qué? Porque este documenta será una prueba para usted ante un tribunal en caso de que quiera denunciar incumplimiento del acuerdo pactado.

El contrato puede ser temporal, es decir, mes a mes se va renovando; puede ser indefinido; y a plazo fijo, donde queda estipulada la fecha de vencimiento de éste.

Si el contrato vence o el arrendatario infringe alguna de las cláusulas acordadas, como el no pago de un mes, el arrendador podrá exigir la entrega de la vivienda.

Debe saber que basta sólo atrasarse un mes para que se concrete el incumplimiento del contrato. En caso de que el arrendatario sea demandado por esta causal, el arrendador deberá presentar pruebas y testigos para confirmar la falta.

La demanda se debe presentar en Juzgados Civiles y no requerirá de un abogado si el monto del arriendo era inferior a cuatro UTM, es decir, si es menor de 184 mil pesos. Para cualquier otro monto mayor, usted necesitará de un abogado, por lo que no dude en acudir a nuestros profesionales expertos en la materia, quien podrá analizar puntualmente su caso y asesorarlo.

Por lo general estos juicios no deben tardar tanto. El tribunal establece una fecha de audiencia al quinto día hábil de haber sido notificada la demanda. Posteriormente se pasa a una conciliación donde ambas partes pueden llegar a un acuerdo. De no ser así, el caso será resulto por un juez en un plazo máximo de 10 días.

El abandono de la propiedad se debe hacer en un plazo de quince días hábiles desde la notificación del fallo final. Sin embargo, el demandado tiene derecho a pedir una prórroga que no podrá superar los 30 días, a no ser que el arrendatario exponga motivos de consideración que puedan justificar dicho aplazamiento.

Si el arrendatario no cumple voluntariamente, el juez puede ordenar el desalojo con apoyo de la fuerza pública.

Además, el juez puede obligar al arrendatario a pagar el o los meses de arriendo que pudieran haber quedado pendientes, incluso considerando intereses, según la variación de la UF.

También será obligado a pagar las cuentas morosas que haya dejado.

Por su parte, el arrendador podrá notificar a las compañías de servicios básicos sobre el juicio para que el demandado sea responsable de los pagos.

Es importante recalcar que en Bufetes.cl podrá encontrar a los abogados expertos en este tipo de juicios que podrán orientarlo para hacer más simple todo el proceso.

Abogados
Linkedin
Escrito por

Bufetes.cl

Deja tu comentario
30 Comentarios
  • Rosa ampuero

    Hola mira tengo unos arrendatarios que están haciendo mal uso de la propiedad y necesito desalojarlos ala brevedad

  • Ana Rojas

    Si el arriendo es solo de una habitación y el arrendatario da aviso que se irá a fin de mes pero no aparece ni contesta llamadas ni mensajes. Deja parte de sus cosas en la habitación y no hace entrega de las llaves ni llega a buscar sus cosas para desocupar la pieza. Puedo yo sacar y guardar sus cosas o debo esperar a que se digne a aparecer? Que debo hacer si necesito desocupar la habitación.

  • juan carlos motoa

    Tengo este problema con un departamento ya que se le tomaron la propiedad a un tia mia, y necesitamos una ayuda efectiva y rapida porfavor

  • Marcelo Valdebenito

    Buenas noches. Les comento que tengo una propiedad en arriendo a la cual m puse termino de contrato con fecha 31 de Agosto, que de acuerdo a contrato debían entregarla elm31 de Octubre. A la fecha nos arrendatarios no se han ido, dado que no han encontrado propiedad que les acomode. Como puedo gestionar un desalojo. No quiero que pasen los meses y aún no pueda retirarlos de mi propiedad. Ellos me arrendaron desde elnaño 2012 la propiedad y puse termino el 31 de Octubre. Quedo atento a sus comentarios. Saludos

  • Claudia Villarroel Arenas

    No me queda claro. Mi hija no es arrendataria. Su padre es el "dueño"de la propiedad pero paso la casa a un leasing y no ha pagado las cuotas. Por eso el desalojo. A que tribunal tiene que ir para detener el proceso?

  • Carlos Arancibia

    Hola, Tengo una casa la cual esta arrendada y la estoy vendiendo. A raíz de esto, le avise al arrendatario hace casi 5 meses que me entregue la casa, además que no pago nunca al día el arriendo y las cuentas. Ahora estoy a punto de firmar la promesa de compra-venta y los compradores solo la firmarán si la casa esta desocupada. ¿Como puedo hacer para sacarlos de la casa lo más pronto posible? Si no corro el riesgo de que se caiga la venta. Gracias

  • Wolfgang Staub

    Hola buenas tardes Necesito desalojar un bodega que arrendé, con contrato (canón 45.000 mensuales). Debe ya más de un año. Le he avisado, con fecha de desocupación (di plazo hasta el1. de dic.), por correo electrónico, y pegando aviso en la puerta de la bodega. El teléfono ni por correo no me ha respondido desde hace varios meses. Puedo abrir la bodega con cerrajero y sacar las cosas? Atentamente Wolf Staub

  • Sally ponce

    Hola necesito un abogado para desalojar a los arrendatarios de la casa de mi madre. Los cuales no han pagado luz y agua desde que llegaron a arrendar y llevan sin pagar arriendo un mes quedo atenta, gracias.

  • JOSE BERON

    Hola buenas tardes ,vivo en Bella vista comparto una casa con tres personas más, pero la dueña nos pidió dejar la casa por venta en menos de 25 días. No sé qué hacer, no tenemos contrato, tengo miedo que esta señora entre y nos saque todo, ¿qué debo hacer?

  • Cristian Geraldo

    He comprado un propiedad pero estaba ocupada por arrendatarios. Ahora ellos no se quireb ir. ¿Cómo me pueden ayudar ustedes?, ¿cuánto demoraría la tramitación y cuál es su costo?


Cargando...



últimos artículos sobre delitos y penas