Las 5 dudas más comunes sobre la demanda de paternidad
¿Qué pasa si el demandado se niega a realizarse la prueba de ADN? ¿Cuánto cuesta realizar este examen? Te lo contamos, acá.
A partir de la comentada demanda de paternidad que tiene como protagonista al humorista Álvaro Salas, muchas personas han manifestado sus dudas respecto a este tema. Por eso, en Bufetes.cl hemos preparado este artículo para aclarar las preguntas más comunes que surgen en torno a los juicios por filiación.
En Chile, más de 10 mil demandas por presunta paternidad se registran cada año en los Tribunales de Familia, de los cuales en más del 70 por ciento de los casos el examen de ADN resulta positivo, según estadísticas del Servicio Médico Legal (SML).
¿Qué es la Ley de filiación?
Se trata de una ley promulgada en 1998, la cual terminó con la categoría de “hijos ilegítimos” con la que se hacía referencia a los hijos no reconocidos nacidos fuera del matrimonio. Los principales cambios de esta normativa fueron:
1- Se le otorgó igualdad de derechos a los hijos nacidos fuera del matrimonio
2- Se consagró el principio de la libre investigación de paternidad, es decir, ya no era necesario que un padre voluntariamente reconociera a su hijo, sino que también se podría hacer mediante la impugnación de paternidad.
¿Cómo se realiza una demanda por paternidad?
El primer paso es acudir a un Juzgado de Familia para realizar la acción judicial. En ese momento se fijará un primer juicio en el cual, si el demandado reconoce de inmediato la paternidad, el caso se cierra en esa misma instancia y se procede a la filiación del hijo.
Por el contrario, si la persona no quiere reconocer la paternidad, el juez emitirá una orden para un examen de ADN, el que podrá ser realizado por el Servicio Médica Legal u otro laboratorio que se estime conveniente.
Según el Artículo 188 de la Ley 19.585, "si el citado no compareciere personalmente a la audiencia fijada por el tribunal, se podrá solicitar una segunda citación dentro de los tres meses siguientes".
Para realizar este trámite se necesita el certificado de nacimiento del niño/a respecto del cual se requiere determinar la filiación y los antecedentes del domicilio de él o la demandado/a.
¿En qué consiste el examen?
Para realizar el examen de ADN se puede utilizar cualquier muestra biológica, como sangre, mucosa bucal, pelo, orina, dientes, o incluso material biológico degradado. Esta muestra será solicitada a la mamá, al presunto padre y al hijo.
¿Qué pasa si el demandado se niega a realizarse la prueba de ADN?
Si el demandado, después de haber sido dos veces notificado, no se presenta ante el tribunal o se niega a realizarse la prueba de ADN, el juez podrá presumir la paternidad y declararlo como el padre legal del menor.
¿Tiene un costo realizar este examen?
Si bien en el SML el examen es gratuito el juez tiene la facultad de cobrarlo al finalizar el juicio. El valor referencial del examen es de 2,19 Unidades Tributarias más IVA por muestra, es decir, más de 65 mil pesos por muestra. Cabe mencionar que se requieren tres muestras: padre, madre e hijo.
Hola yo reconocí a un bebé que no lleva mi sangre; no es mi hijo, ya tiene 5 años y no quiero pagar pensión de alimentos ya que tengo más hijos y quiero sacar mi apellido en ese niño que no es mio
Se puede realizar el trámite estando embarazada?
Podrían hacer algo mucho mejor, que la madre si sabe los datos del padre, dejarlos automáticamente reconocidos, porque eso de los datos de dirección se presta para que la madre no los encuentre en caso que el padre se escape, hoy en pleno siglo XXI es mas facil que un padre demuestre que no es su hijo, así nos evitamos que seamos las mujeres que debamos andar detras de que el varon se responsabilice.
Que fome que no se pueda hacer nada en los casos cuando el padre esta inubicable, no existe ninguna entidad que de con ellos. La ley lamentablemente no es para todos, por que para mi hijo no habrá nunca justicia, simplemente porque al "padre" se le ocurrió desaparecer.