Posesión efectiva: ¿Qué es y cómo se gestiona?

Para muchas personas, este es un proceso absolutamente desconocido y, por lo tanto, lleno de interrogantes que aquí en Bufetes.cl te ayudamos a entender.

23 FEB 2017 · Lectura: min.
Imagen: Shutterstock.

La posesión efectiva es un trámite que se debe realizar cuando una persona fallecida deja bienes como casas, vehículos e incluso dinero ahorrado.

Para muchas personas, éste es un proceso absolutamente desconocido y, por lo tanto, lleno de interrogantes que deben ser respondidas en medio de un momento tan doloroso como es la muerte de un familiar.

Es por eso que en Bufetes.cl te explicamos los aspectos básicos que debes saber sobre este trámite y cómo debes realizarlo.

Lo primero que debes saber es que el trámite lo deben realizar todos los "herederos de bienes, derechos y obligaciones que acrediten el vínculo de parentesco o de matrimonio con la persona fallecida, cuando ésta no ha dejado un testamento (sin importar la fecha del fallecimiento)", según explica el Gobierno a través de su página Chile Atiende.

En caso de que el fallecido haya dejado testamento, el procedimiento se debe realizar ante un Tribunal Civil con presencia de un abogado. Si no existe un testamento, primero debe acudir a una oficina del Registro Civil e Identificación para solicitar la acreditación correspondiente que deberá presentar ante en Servicio de Impuestos Internos, donde podrá solicitar el Certificado de Exención de Impuesto o Pago de impuesto, según sea el caso, para disponer de los bienes del fallecido.

Debe tener en consideración que, según la Ley 19.903, al tramitar la posesión efectiva en el Registro Civil "deberán individualizarse todos los herederos indicándolos por sus nombres, apellidos, roles únicos nacionales, domicilio y calidades con que heredan, pudiendo tramitarse electrónicamente de acuerdo a las formalidades establecidas en el reglamento".

En el mismo formulario se debe solicitar un inventario a los bienes, el que deberá precisar cantidad, peso, medidas, según corresponda; además de deudas o créditos que pudieran existir.

La resolución de la posesión efectiva será publicada en un diario regional el día 1 ó 15 de cada mes. Si no corresponde a un día hábil, se publicará al día siguiente.

¿Tiene algún costo este trámite? Sí, y dependerá del valor de los bienes. Por ejemplo, si los bienes tienen un valor entre 0 y 15 Unidades Tributarias Anuales (UTA) (entre o y ocho millones de pesos) el trámite no tiene costo.

Para bienes que van entre las 15 y 45 UTA (entre ocho y 24 millones aproximadamente) el trámite tendrá un costo de 1,6 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, 73 mil pesos aproximadamente.

Ahora, si los bienes tienen un valor superior a los 24 millones de pesos, el costo del trámite será de 115 mil pesos.

Si usted tiene otras dudas respecto a este procedimiento o se encuentra realizándolo en este momento y necesita una mayor asesoría, no dude en contactar a nuestros abogados expertos en la materia quienes podrán ver puntualmente su caso y asesorarlo de la mejor manera.

Tenga en consideración que se recomienda siempre hacer este trámite lo antes posible para no sufrir la devaluación, deterioro, extravío o el mal uso de algunos de los bienes heredados.

El trámite se puede realizar durante todo el año.

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6 Comentarios
  • Claudia cancino figueroa

    Necesito hacer posesión efectiva de mis padres y hermanos ¿Cuanto sale en dinero y cuanto se demora el trámite?

  • arlet llanos

    las cuentas bancarias (cuenta rut) entran en la posesión efectiva? como sabes de todos los bienes que tiene un fallecido? es quien solicita la posexion efectiva quien hace el listado de los bienes o eso lo da el sii?

  • Ruth Saez

    Si solo mi madre fallecio. Se puede hacer posesion efectiva o no somos tres hermanas y papa se volvio a casar .

  • Víctor Mayne albornoz

    Yo soy heredero,de un departamento junto a ocho hermanos de sangre sin embargo uno de mis hermanos vive en la propiedad pagando un arriendo a otro de mid hermanos para pagar un arriendo en otra localidad yo quiero mi parte de la propiedad y ver si el usufructuo esta legal en este caso y ver que puedo hacer ya que uno de mis hermanos saco la posesión efectiva dándose con el derecho de usufructuar la propiedad mis padres ambos se encuentran fallecidos.

  • Ana Maria Pizarro Rodriguez

    El trámite (posesión efectiva) está hecho, pero yo nubca lo he visto ya que en reiteradas ocasiones se lo he solicitado a mi madre, el problema es que yo he tenido varias veces problemas habitacional y ella siempre ha puesto problemas y no he podido ir vivir por un tiempo en la casa que dejó mi padre, y espacio hay, ella vive con una hermana y sus tres hijos , todos mayores de edad

  • Ana Maria Pizarro Rodriguez

    El trámite es hecho, pero mi madre nunca me ha dado copia.

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