Lo que debemos saber sobre los accidentes de trabajo
¿Estás asegurado si el accidente es cuando te diriges del trabajo a tu casa? ¿Qué pasa si pierdes una extremidad? Revisa toda la información que necesitas, aquí.
Más de 176 mil accidentes de trabajo se registraron en Chile durante el año 2016, según datos de la Superintendencia de Seguridad Social entregados durante el pasado año.
Ese mismo año, a nivel mundial, se produjeron más de más de dos millones de fallecimientos por la misma razón, por lo que es importante estar informado sobre qué frente un accidente laboral.
La ley reconoce como accidente de trabajo "toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte. Éstos pueden ocurrir en actividades gremiales, de capacitación ocupacional o en el desarrollo de cualquier actividad en el ámbito del trabajo".
Sin embargo, también están incluidos los accidentes que ocurren en el trayecto, es decir, cuando vamos a nuestro trabajo y cuando volvemos a nuestra casa; y los daños físicos o psíquicos en caso de que seamos víctima de un delito, como un asalto por ejemplo.
Si sufres algunos de estos accidentes lo primero que debes hacer es informar a tu empleador para ser derivado al centro asistencial que te corresponda. Sin embargo, si por el horario, viaje o cualquier otra razón no te puedes comunicar con él, entonces puedes acudir por tus propios medios, de igual forma comenzará a correr el seguro.
Si el accidente ocurre en el trabajo y es grave o fatal, el empleador tiene la obligación de paralizar de inmediato todas las labores e informar a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
¿Qué debe cubrir la aseguradora? Desde las prestaciones médicas hasta las económicas, en caso de que el trabajador quede con una incapacidad temporal.
Ahora, si por el accidente el trabajador pierda una extremidad, éste deberá ser indemnizado con un monto máximo de 15 veces su sueldo base. Por ejemplo, si gana 300.000 pesos y el dictamen señala que se debe pagar el máximo, el empleado recibirá 4,5 millones de pesos.
Es importante que sepas que tu empleador tiene la obligación de informarte oportunamente de los riesgos que conlleva realizar tu labor, además de cuáles son las medidas preventivas en el momento en el que eres contratado.
Esta obligación está fijada en el artículo 21 del Decreto Supremo Nº 40, de 1969, que contiene el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales. Por lo tanto, si al momento de realizar tu trabajo te das cuenta de que no te informaron de los riesgos que conlleva, debes comunicarlo de forma inmediata a tu empleador y posteriormente hacer la denuncia ante la Inspección del Trabajo si lo estimas conveniente.
Por último, ten presente que "todo trabajador que presta servicios bajo subordinación y dependencia de un empleador se encuentra protegido por un seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales", según explica la Dirección del Trabajo.
Si necesitas más información puntual sobre los accidentes de trayecto, puedes leer nuestro artículo "Accidentes de trayecto: cuándo califican como tal y cuándo no".
Si tienes otras dudas o necesitas asesoría legal respecto a tu caso, puedes contactar a uno de nuestros abogados expertos en temas laborales para que te orienten respecto a los pasos a seguir.