Incendios forestales: las penas que arriesgan los responsables

Desde cárcel hasta la expulsión del país -en el caso de los extranjeros- son algunas de las sanciones que contempla nuestra ley. ¿De qué depende la pena? Te lo explicamos a continuación.

3 FEB 2017 · Lectura: min.
Incendios forestales: las penas que arriesgan los responsables

Durante las últimas semanas, los incendios forestales se han tomado la agenda noticiosa debido a la magnitud, destrucción y expansión de cada uno de ellos; la situación ha hecho que el debate se concentre en la eventual intencionalidad de estos siniestros y, en este contexto, todos nos preguntamos lo mismo: ¿Cuáles son las penas para estos delitos?

Las penas pueden llegar hasta los 20 años de presidio, multas y, en el caso de extranjeros, la expulsión del país con prohibición a regresar.

Pero, ¿De qué depende esta pena? De si hay o no dolo, o sea, intención. Por ejemplo, si se trata de delitos imprudentes, es decir, que se ha iniciado un incendio accidentalmente por mal uso del fuego, la pena puede ir desde los 541 días hasta los cinco años de presidio, con multas que van desde las 50 UTM (más de 2,3 millones de pesos) hasta las 150 UTM (casi siete millones de pesos).

La situación cambia si el siniestro se produce en áreas protegidas, reservas o monumentos nacionales, pues las penas bordean los tres años y un día a cinco años, más una multa de 100 a 200 UTM (de 4,6 a 9,2 millones de pesos respectivamente).

Ahora, si se trata de delitos dolosos de incendio,el Artículo 476 del Código Penal es más severo en castigar y puede aplicar una pena que llega hasta el presidio perpetuo.

Las sanciones rigen para incendios en bosques, mieses, pastos, montes, cierros, plantíos o formaciones xerofíticas; lugares contemplados en la ley sobre recuperación del bosque nativo, Ley Nº 20.283.

Pero cuidado, no sólo la generación de incendio está sancionada, también lo está el uso de fuego que transgreda la Ley de Bosques. Por ejemplo, realizar una quema ilegal o encender fuego en Áreas Silvestres Protegidas (ASP).

En estos casos las penas pueden ir de los 61 días hasta los tres años de presidio, con multas que van desde las 11 UTM (más de 500 mil pesos) hasta las 50 UTM (más de 2,3 millones de pesos).

En el caso de los extranjeros, no sólo se aplica las sanciones antes mencionadas, sino que además se les expulsa del país. Un ejemplo de esto fue en enero de 2016 cuando personal de la Conaf expulsó a dos turistas brasileños tras ser sorprendidos encendiendo una cocinilla en el Parque Nacional Torres del Paine.

Nuevos proyectos

Durante este 2017, los incendios forestales han afectado gravemente a siete regiones del país, lo que revivió el debate en torno a la forma de enfrentar las emergencias.

En este contexto, el Gobierno anunció que enviará un proyecto de ley para modernizar la Oficina Nacional de Emergencia (Onemi) y la Corporación Nacional Forestal (Conaf).

En paralelo, la Cámara de Diputados aprobó la creación de una Comisión Investigadora de los incendios forestales.

Y es que frente a cada mega incendio que ha afectado el país, las autoridades han revisado los casos en materia legislativa y han adoptado nuevas medidas condenatorias. Como sucedió en 2012 cuando el Presidente Sebastián Piñera pidió endurecer las leyes luego de que un turista israelí fuera el responsable de la destrucción de más de 17 mil hectáreas en Torres del Paine.

Hoy, cinco años después y ya con penas más duras de las que habían en aquel entonces, el debate nuevamente comienza y nuevas voces piden mayores restricciones y sanciones.

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1 Comentarios
  • Jessica Orozco

    Este informe de la comisión sobre el incendio que afectó a casi todo Chile. ¿Fue publicado? Parece todos se olvidaron. ¿Y cuáles son las reformas en la Onemi y Conaf? Un poeta persa dijo: "Que las acciones y no las palabras sean vuestro adorno".

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