Tribunal Constitucional: en qué consiste y qué funciones cumple
¿Sabes quiénes componen este órgano y para qué sirve dentro del aparato estatal?
Si eres asiduo lector de la prensa nacional, seguro te has encontrado varias veces con las palabras "Tribunal Constitucional" en múltiples noticias durante los últimos meses. Es probable que no sepas exactamente qué es ni cuál es su función, pero lo cierto es que dicho organismo ha acaparado un especial interés mediático luego de su fallo en contra de diversos aspectos del proyecto de reforma laboral en Chile.
Pero, ¿para qué sirve un Tribunal Constitucional? Justamente hace sólo unos días la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo llevó a cabo un seminario internacional al respecto, en que el decano de la mencionada facultad, Pablo Rodríguez Grez, se refirió al tema:
"La jurisdicción constitucional es un medio que hace posible realizar y ejercer los derechos, facultades y prerrogativas que se consagran en favor de cada institución fundamental y de cada individuo, sin el cual el escenario jurídico no sería más que una farsa carente de toda seriedad".
El evento, denominado Tribunal Constitucional y Sistema Democrático, también contó con la participación de Samuel Issacharoff, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Nueva York, quien explicó que el TC a nivel internacional tiene el rol de colaborar en los procesos de transición democrática, garantizar la igualdad de condiciones de todas las partes involucradas, controlar las acciones del gobierno y del Ejecutivo, así como proteger los derechos de las personas.
En términos nacionales y más concretos, el Tribunal Constitucional posee cuatro competencias clave:
- Control de constitucionalidad. Es decir, el TC controla de manera preventiva y posterior los decretos con fuerza de ley, leyes interpretativas de la Constitución, orgánicas constitucionales, tratados internacionales, proyectos de reforma constitucional y autos de los Tribunales Superiores de Justicia y del Tribunal Calificador de Elecciones.
- Solución de contiendas de competencia. En otras palabras, las disputas entre autoridades político-administrativas y los tribunales que no sean de incumbencia del Senado.
- Pronunciamiento sobre inhabilidades, incompatibilidades, renuncias y causales de cesación. Por ejemplo, el Presidente de la República, diputados, senadores y ministros.
- Pronunciamiento sobre ilícitos constitucionales. Si alguna organización o movimiento no cumple con el artículo 19 Nº 15, incisos sexto y siguientes, es competencia del TC declararla inconstitucional.
Con el fin de llevar a cabo dichas competencias, el organismo cuenta en la actualidad con 10 miembros, conocidos como ministros, quienes son elegidos de la siguiente manera:
- Tres de ellos son designados por el Presidente de la República.
- Cuatro de ellos son designados por el Congreso.
- Tres de ellos son designados por la Corte Suprema por medio de una votación secreta.
En tanto, el presidente es seleccionado a través de una votación de mayoría simple realizada por todos los miembros, con el fin de cumplir su cargo durante un periodo de dos años.
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