¿De qué se trata la reforma al Régimen de Sociedad Conyugal?
Durante el mes de abril el Ejecutivo solicitó dar urgencia a este proyecto.
Actualmente en Chile, el Régimen de Sociedad Conyugal impide que los bienes de un matrimonio sean administrados por la mujer, aunque estos le pertenezcan a ella. Una norma que próximamente podría cambiar, pues el Gobierno puso urgencia a dicha reforma.
Los esfuerzos por modificar esta ley comenzaron el año 2001, cuando Sonia Arce en compañía de Fundación La Morada y el Centro de Justicia y Derecho Internacional interpusieron una acción legal ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), denunciando que el Código Civil chileno violaba derechos consagrados por la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y formas de discriminación contra la mujer (Cedaw).
Esto, por no permitir que sea una "jefa de hogar" la que administre los bienes del matrimonio, lo que hasta ahora no se puede hacer aunque sea la mujer la dueña.
En el año 2003, la CIDH declaró admisible aquella demanda y le recomendó al Estado modificar la Ley de Sociedad Conyugal . De ahí han pasado 15 años y aún no han habido modificaciones.
Sin embargo, durante el mes de abril el Ejecutivo solicitó dar urgencia a este proyecto, el cual busca que ambos cónyuges pacten quién será el administrador de los bienes de la Sociedad Conyugal. Es decir, podrá ser el hombre, la mujer o ambos.
Esta decisión podrá tomarse antes, durante o después de la celebración del matrimonio. Si ninguno de los cónyuges se manifiesta por algunas de estas alternativas, a ambos se les otorgará la administración.
Al respecto, Francisco Maffioletti, académico del Magíster en Psicología Jurídica y Forense de la Universidad Diego Portales, valoró esta iniciativa, puesto que "hoy, la mujer lucha por la eliminación de las brechas salariales, por el reparto de las responsabilidades en la casa, entre muchas otras cosas, y aún existe este régimen matrimonial basado en una discriminación arbitraria, en una época en que la mujer era considerada incapaz, esta es una demanda histórica".
El proyecto actualmente se encuentra en su segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados.
Las otras formas de pactar un matrimonio
En Chile existen tres formas de pactar un patrimonio: El de Sociedad Conyugal, Separación Total de Bienes y Participación de los Gananciales.
- En el primero los patrimonios de ambos cónyuges se unen y son administrados por el hombre. En caso de separación, los bienes se dividen en partes iguales.
- Con la Separación Total de Bienes, los bienes que cada cónyuge posea antes del matrimonio, al igual que los que obtenga durante el matrimonio, se mantienen separados. Es decir, opera el "lo mío es mío y lo tuyo es tuyo".
- Por último, en la Participación de los Gananciales los bienes se mantienen separados, pero si el matrimonio se acaba, el que haya obtenido mayores bienes debe compensar al que obtuvo menos para que ambos queden iguales.
Según las estadísticas del Registro Civil, durante el año 2017 del total de las parejas que se casaron, el 53,9 eligió el sistema de Sociedad Conyugal. La alta cifra se puede explicar pues el matrimonio automáticamente obtiene ese pacto si ninguna de las partes se manifiesta.
Hola ¿Y fue aprobado la ley? Heredé una propiedad de mis padres y quiero venderla. Estoy casa con Sociedad Conyugal ¿Mi marido es el administrador de mi propiedad? ¿Necesito su firma para poder vender? Saludos
Hola, Recibi una propiedad en Herencia de mis padres y quiero venderla. Yo estoy casada en sociedad conyugal. ¿Mi marido es el que administra mi propiedad? ¿Necesito la firma de él para poder vender?