Falsos avisos de bomba: ¿A qué penas se arriesgas los responsable?
Un total de 11 vuelos fueron afectados debido a falsos avisos de bomba. Dos personas ya fueron detenidas.
Una serie de avisos de bomba afectaron esta semana a 11 vueltos de Latam y Sky que salieron del Aeropuerto de Santiago. Las alertas se realizaban de forma anónima a través de llamadas telefónicas tanto a las aerolíneas como a la Dirección General de Aeronáutica Civil de Chile (DGAC).
Sin embargo, todas los avisos resultaron falsos y sólo generaron retrasos en los vuelos, pues tres de ellos debieron aterrizar -antes de llegar a su destino- para que el avión fuera examinado por el Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) de Carabineros.
En paralelo, se realizó un operativo para dar con los responsables de este delito. El trabajo del OS9 de Carabineros se concentró en tratar de ubicar georreferencialmente la procedencia de las llamadas.
Fue así como se logró detener a dos sujetos. El primero de ellos fue identificado como Boris Chacón, un hombre de 33 años, sin antecedentes penales, que aprovechándose de las noticias de avisos de bomba quiso hacer una broma en el aeropuerto señalando que en su maleta portaba un artefacto explosivo.
El segundo detenido fue Franco Sepúlveda de 29 años, el hombre acusado de realizar las llamadas de telefónicas a las líneas aéreas y la DGAC.
"Se encontró el teléfono con el que hizo la llamada y hoy día está siendo trasladado por personal del OS9, en un avión de Carabineros de Chile, hacia Santiago para ser formalizado en horas de la tarde", explicó el mayor de Carabineros Diego Rojas, jefe de Comunicaciones Sociales de la institución.
Justamente es Sepúlveda quien enfrenta la situación más difícil, pues fue detenido por los delitos de amenazas de instalación de artefacto explosivo e infracción al Artículo IV de la Ley 12.927 de Seguridad Interior del Estado.
Por este delito, el hombre arriesga la pena de presidio menor en su grado medio a máximo. En consecuencia, podría pasar entre 541 y cinco años en la cárcel.
En cuanto al hombre que "bromeó" señalando que portaba una bomba en su maleta, se arriesga a una pena de presidio menor en su grado mínimo, es decir, desde los 61 hasta los 540 días de cárcel.
Su pena será más baja debido a que fue formalizado por infracción al artículo 268 del Código Penal, el cual dispone:
"El que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo".
En este caso, en la práctica la pena puede no cumplirse en términos efectivos, ya que "por la penalidad asignada a este delito y por las disposiciones establecidas en las normas sobre Remisión Condicional de la Pena, Reclusión Nocturna y Libertad Vigilada del Adulto, como substitutos a las penas de prisión de corta duración para sujetos sin antecedentes penales previos, el infractor no será privado de libertad finalmente por el delito cometido", explican desde la institución.
Un caso muy distinto al de Sepúlveda, quien sí podría cumplir pena efectiva por las llamadas telefónicas que realizó y que retrasaron 11 vuelos.