Imprescriptibilidad total de los delitos sexuales contra menores: ¿una pronta realidad en Chile?

Actualmente, las víctimas que hayan sufrido delitos sexuales cuando eran menores de edad tienen hasta los 28 años para denunciar.

10 JUL 2017 · Lectura: min.
Imprescriptibilidad total de los delitos sexuales contra menores: ¿una pronta realidad en Chile?

Durante marzo de este año el proyecto que busca la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores se aprobó en primer trámite en la comisión especial del Senado, delegación encargada de tramitar los proyectos relativos a niños, niñas y adolescentes.

La idea de la iniciativa es que no importe la cantidad de años que hayan pasado desde que se cometió el delito hasta que la víctima realice la denuncia.

Esto debido a que -en promedio- las personas se demoran entre 20 y 25 años en atreverse a iniciar una acción judicial contra el victimario, ya sea por miedo, vergüenza, querer olvidar el incidente, entre otras razones. El proyecto que se discute fue ingresado en 2010 por los senadores Jaime Quintana y Patricio Walker y no se discutía desde el año 2014, por lo que este paso se considera un gran avance en pro de los derechos de las víctimas de delitos sexuales.

Pero, ¿cuál ha sido la evolución legislativa en esta materia? Anteriormente los delitos sexuales prescribían a los 10 años desde su comisión. Sin embargo, si una niña o niño era violada a los seis años, por ejemplo, el delito prescribía antes de que siquiera cumpliera la mayoría de edad.

Atendiendo esta realidad, es que en 2007 se avanzó en esta materia y se estableció en la Ley 20.207 que los 10 años -antes de la prescripción- comenzarían a ser contabilizados desde que la víctima cumplía 18 años. Es decir, si él o la menor tenía siete años al momento del delito, el tiempo para prescribir comenzaba cuando tenía 18 años, por lo que la denuncia la podía realizar hasta los 28 años.

Sin embargo, el caso de la atleta nacional Erika Olivera evidenció que aún faltaba mucho por hacer. Esto, porque en 2016 por primera vez denunció que su padrastro la violó desde los cinco hasta los 17 años, hecho que reveló teniendo 40 años, por lo que el delito ya estaba prescrito.

Situación similar a las de las víctimas del sacerdote Fernando Karadima, quienes realizaron las acusaciones cuando el delito estaba prescrito.

Si bien el proyecto sería un gran logro, puesto que permitiría procesar a los responsables en cualquier momento, aún hay temas pendientes que deben ser resueltos.

En este contexto, el jefe de la unidad especializada de delitos sexuales y violencia intrafamiliar de la Fiscalía Nacional, Luis Torres, conversó el 1 de mayo con TV Senado donde explicó que "el paso del tiempo siempre es una dificultad para efectos probatorios, ya que los jueces tienen que tener elementos constructivos, porque el sistema está hecho así, todas las respuestas a esta problemática no vienen desde el derecho…con apertura y rigurosidad se puede encontrar una fórmula para avanzar".

No obstante, no deja de ser importante que la comisión especial de temas de Infancia del Senado ya despachó en particular el texto legal. En la siguiente etapa, el proyecto deberá ser analizado por la comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

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